IMPLICACIONES DE LA GARANTÍA COVID EN EL ABONO DE TEMPORADA ¡El abono SKI PIRINEOS (ya a la venta y hasta el 26 de noviembre inclusive) trae consigo una cláusula con “garantía COVID”! ¿Qué es esto de la “garantía COVID” y qué implicaciones tiene? ¿puedo fiarme de la letra pequeña? Tal y como se desprende del apartado 14 letra b) de las normas y condiciones de uso ski pirineos, “la falta de uso del Bono no dará derecho a compensación alguna salvo en el supuesto de que el titular del Bono de Temporada de las categorías Infantil, Adulto o Veterano adquirido a través de un plan “Anticipación”, “Fidelización”, “Familiar o familia numerosa”, “Estándar” o “Laborables” no esquíe, al menos, un mínimo de quince (15) días a lo largo de la temporada 2020/2021 en cualquiera de las Estaciones de Esquí a resultas de la incidencia del COVID-19”. Es decir, mediante esta cláusula, Ski Pirineos nos garantiza 15 días de esquí de uso, ¡que no de apertura!. Es decir, garantiza que, si no puedes venir a esquiar 15 días este invierno y es por circunstancias derivadas del COVID, se devolverá el importe de los días no usados. El importe a devolver será el del precio/día establecido para cada categoría de Bono de Temporada: - "Infantil": 33,00 €/día. - "Adulto": 41,00 €/día. - "Veterano": 33,00 €/día. - "Laborables": 35,00 €/día. ¿Cómo puedo solicitar la compensación? “El titular del Bono podrá solicitar la compensación mediante el envío de una comunicación por escrito remitida mediante correo electrónico, antes del transcurso del plazo de quince (15) días a contar desde el día 4 de abril de 2021 o, en el supuesto excepcional de que la temporada se prolongue más allá del día 4 de abril de 2021, antes del 5 de mayo de 2021, a la dirección de correo electrónico de Atención al Cliente de la Estación de Esquí o empresa que le hubiese vendido el Bono de Temporada en cada caso: - ARAMON: atenció
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- ASTÚN:
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- CANDANCHÚ:
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”. ¿Qué datos debo incluir? - Nombre completo y apellidos. - Número de la Tarjeta Soporte del Bono. - Empresa vendedora del Bono: ASTÚN, CANDANCHÚ o ARAMON. - Número de días pendientes de uso, hasta un máximo de quince (15). - Breve exposición de la/s causa/s que motiva/n la reclamación de la compensación, fundamentada/s exclusivamente en la incidencia que haya podido tener el COVID-19 sobre el uso del Bono. - Número de cuenta en el que efectuar, en su caso, el abono de la compensación. ¿Qué Plazos hay para solicitar la compensación? ¿Expira? 15 días a contar desde el día 4 de abril de 2021 o, en el supuesto excepcional de que la temporada se prolongue más allá del día 4 de abril de 2021 por acuerdo de las Partes, antes del 5 de mayo de 2021. Si expira el plazo, y/o no se incluyen los datos referidos con anterioridad, ARAMON, ASTÚN y/o CANDANCHÚ, según sea el caso, se reservan el derecho a no atender dicha garantía de compensación. 13 de noviembre de 2020 |